p Examinemos detalladamente la ley del 2 de junio de 1897 [266•* . Como hemos indicado ya, la nueva ley limita, en primer lugar, la jornada de trabajo para todos los obreros y, en segundo término, fija el descanso obligatorio en domingos y días feriados. Antes de establecer las reglas relativas a la duración de la jornada, la ley tiene que definir qué debe entenderse por jornada de trabajo. Después de esto, establece la siguiente regla: "Se considera jornada de trabajo o número de horas de trabajo por día para cada obrero, el tiempo en que, de acuerdo con el contrato de trabajo, éste está obligado a encontrarse en el local del establecimiento y a disposición del director del mismo para ejecutar un trabajo”. Por lo tanto, debe considerarse jornada de trabajo todo el tiempo que el obrero se encuentra en la fábrica en virtud del horario o por exigencia del director.
Poco importa que aquél esté ocupado durante ese tiempo en su trabajo verdadero o habitual, que el director lo compela a trabajar en otra cosa, o aunque lo bligue sencillamente a esperar: de cualquier modo, el tiempo que pasa en la fábrica debe^^1^^ ser considerado jornada de trabajo. En algunas fábricas, por ejemplo, los obreros limpian las máquinas los sábados por la tarde, después que la sirena anuncia el final del trabajo; según la ley, la limpieza de las máquinas debe considerarse también parte de la jornada de 267 trabajo. Por consiguiente, si el fabricante no paga nada por limpiarlas, eso significa que utiliza gratis el tiempo de trabajo del obrero contratado. Si ha contratado a un obrero para que trabaje a destajo y lo obliga a esperar o lo aparta de la tarea asignada para dedicarlo a otra cosa distinta, sin la retribución correspondiente (todos los obreros saben que esto ocurre con frecuencia), significa que utiliza gratis la jomada, de trabajo del obrero contratado. Los obreros deben recordar esta definición de la jornada de trabajo en la nueva ley y, apoyándose en ella, rechazar todos los intentos del patrono de utilizar la fuerza de trabajo. Como se comprenderá, semejante definición de la jornada de trabajo debe deducirse por sí misma del contrato respectivo. Habrá obreros a quienes les parezca que la cuestión está clara, y que no es preciso hablar de la misma. Pero el gobierno, servicial con los capitalistas, oscurece a propósito muchas cosas claras por sí mismas para todo obrero. También en este caso se ha preocupado de dejar a los señores fabricantes una pequeña escapatoria. La ley dice que se entiende por jornada de trabajo el tiempo en que el obrero, de acuerdo con el contrato de trabajo, está obligado a permanecer en la fábrica. ¿Mas, cómo proceder cuando en el contrato de trabajo no se fije la cantidad de horas que el obrero debe permanecer cada día en la fábrica? Porque no es raro, por ejemplo en las fábricas de construcciones mecánicas, que en el contrato se estipule concretamente que los obreros se comprometen a producir por una suma equis un objeto dado (alguna pieza de máquina, cierta cantidad de tornillos o tuercas, etc.), pero no se diga nada acerca del tiempo que el obrero empleará en el trabajo. ¿Es aplicable, en este caso, la nueva ley que fija el número de horas de trabajo diarias? De acuerdo con el sentido común es por cierto aplicable, porque dado que el obrero trabaja en la fábrica es imposible no considerar ese tiempo como jornada de trabajo. Pero el "sentido común" de los señores capitalistas y del gobierno que los apoya es muy particular. Si se toma al pie de la letra el artículo que hemos citado, nada es más fácil que no aplicar en este caso la ley que reduce la jornada. El fabricante puede alegar que el contrato no obliga al obrero a permanecer en la fábrica, y eso es suficiente. Y como no todos los fabricantes tienen la suficiente habilidad para practicar esta triquiñuela, los funcionarios del ministerio de Finanzas se han apresurado a mostrar de antemano a los comerciantes rusos esta laguna de la nueva ley, tan beneficiosa para ellos. El ministerio de Finanzas 268 viene publicando desde hace mucho un periodicucho especial, Viéstnik Finánsov Promíshlienosti i Torgovli^^31^^, una de esas publicaciones oficiales que, además de anunciar las disposiciones del gobierno, y so capá de preocuparse por el pueblo, se esfuerzan por ensalzar los éxitos de los capitalistas rusos y exaltar la solicitud de aquél por las finanzas de los banqueros, fabricantes, comerciantes y terratenientes. Poco después de promulgada la nueva ley el periodicucho publicó al respecto un artículo (núm. 26 de Viéstnik Finánsov correspondiente a 1897), en el que explicaba detalladamente su importancia y demostraba que la misión del gobierno era preocuparse por la salud de los obreros. Y fue en ese artículo donde los funcionarios procuraron señalar a los fabricantes la posibilidad de encontrar una escapatoria para burlar la nueva ley. En él se aclara abiertamente que ésta no podrá ser aplicada cuando en el contrato no se diga nada acerca de la jornada de trabajo, pues al contratar al obrero para determinado trabajo "deja de ser un obrero asalariado y se convierte en una persona que recibe un encargo". Así, pues, al fabricante no le resulta muy difícil desembarazarse de la enojosa ley: ¡basta denominar al obrero no obrero, sino "persona que recibe un encargo"! Por consiguiente, en lugar de decir que se entiende por jornada de trabajo al tiempo que el obrero se encuentra en la fábrica a disposición del patrono, la ley se expresa intencionadamente con menos exactitud y habla del tiempo que el obrero está obligado, de acuerdo con el contrato, a permanecer en la fábrica. Podría creerse que es lo mismo, pero lo cierto es que no han sentido escrúpulos, tampoco en este caso, en recurrir a una premeditada vaguedad en perjuicio de los obreros.
Notes
[266•*] Entrará en vigor en noviembre de 1898.